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SD 73330 – Expte. 3.465/2006 – “O., M. D. c/ Nobleza Piccardo S.A. s/ despido” – CNTRAB – SALA V – 15/07/2011
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR VOLUNTAD CONCURRENTE DE LAS PARTES. Art. 241 de la Ley 20744. Mutuo acuerdo. Convenio celebrado mediante escritura pública. Pago de una gratificación a favor del trabajador que no implica la configuración de un despido encubierto. Ausencia de vicios en la voluntad del dependiente, quien padecía una afección psicológica que no afectaba su actividad volitiva. VALIDEZ DEL ACUERDO. Empleado que fue víctima de varios asaltos durante el cumplimiento de sus tareas –traslado de valores y de mercaderías–. ENFERMEDAD LABORAL. Dolencia psíquica. ACTIVIDAD RIESGOSA. Reiteración de hechos de inseguridad sobre los trabajadores de la empresa. FALTA DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DE PREVENCIÓN POR PARTE DE LA EMPLEADORA. Incumplimiento al deber de seguridad. RESPONSABILIDAD CIVIL. Procedencia. Reparación integral de perjuicios. Extensión de la condena solidaria a la ART. Procedencia
Citar: elDial.com - AA6E7B
Publicado el 07/09/2011
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Términos mencionados en este fallo: voluntad, acuerdo, trabajo, partes, contrato, escritura, gratificación, trabajador, concurrente, mediante.